martes, 24 de mayo de 2016

Ofrece el poder Judicial notificaciones por e-mail


La posibilidad de recibir notificaciones por correo electrónico es un nuevo servicio que el Poder Judicial del Estado brinda para abogados, parte actora y demandante de asuntos en trámite en los juzgados civiles y de lo familiar; por el momento, solamente en el primer distrito judicial, que corresponde a la capital del estado.

Para el trámite de la cuenta de correo electrónica que se dará de alta para realizar las notificaciones electrónicas, es necesario ingresar a la página del Poder Judicial del Estado: www.stjslp.gob.mx y acceder al enlace “@Notificaciones Electrónicas” en el cual encontrará información para obtener la cuenta de correo electrónico, el proceso de registro y el acceso para las consulta de notificaciones.

En los lineamientos que el Consejo de la Judicatura ha establecido para este servicio, se establece que únicamente se podrá crear una cuenta por persona, debiendo aceptar las condiciones del aviso de privacidad; una vez que se cumplió con los requisitos para el registro, en un lapso no mayor de 48 horas, el Área de Tecnologías de la Información, generará la cuenta y se le enviará al correo electrónico proporcionado al momento de la inscripción, anexando el manual para la consulta del mismo.

Una vez que se obtiene la cuenta de correo electrónico proporcionada por el Poder Judicial del Estado, la parte interesada deberá comparecer por escrito en el Juzgado en el cual se tramite el asunto en el que sea su intención solicitar autorización para que se realicen las notificaciones electrónicas, proporcionando la cuenta y el nombre de la persona que la tiene asignada; se hace hincapié que para autorizar la cuenta proporcionada, deberá de registrarse a nombre de la parte solicitante o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones.

Autorizada la práctica de notificaciones por correo electrónico, el juez determinará las actuaciones que se notificarán por este medio, instruyendo al actuario judicial que preste sus servicios en ese juzgado, la realización de las mismas.

El actuario judicial enviará a la dirección electrónica proporcionada, el auto de que se trate, dándose por hecha la notificación, con independencia de su lectura y una vez realizada la notificación electrónica, el actuario judicial imprimirá el correo electrónico enviado para agregarlo al expediente.

Es importante precisar que la cuenta de correo que se generará para la recepción de notificaciones del Poder Judicial del Estado, sólo se utilizará para recibir este tipo de mensajes, encontrándose desactivadas el resto de las bandejas.

Fuente:
Poder Judicial del Estado.

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